04-23-2009
Hace días ando con esto en el buche… creo que mi incomodidad comenzó cuando Caro escribió respecto al cambio en los términos de servicio de Last.fm. Luego comenzaron a salir notas en la prensa respecto a como una casa representante de sellos discográficos demandó (aleatoriamente dicen ahora) a Columbia en razón de que no pagan a estos sellos por emplear la música de sus representados. Y termina ahora con la campaña multimillonaria de CANARA tratando de dar lástima y ganar amigos: que el baile de quinceaños de la chiquita; que la música mientras se hacen las compras; que el turno del barrio; … la siguiente con la que van a salir es que las canciones de la barra del equipo de fútbol (porque supongo que algunos lectores sabrán que las canciones que canta, digamos, la barra del Saprissa no son creación original).
¿Cómo llega uno de last.fm a CANARA? ¡Fácil! Son, al final de cuentas, variaciones del mismo tema: derechos de autor y derechos conexos. En el caso particular de last.fm, la justificación que ellos dan para “discriminar” a unos usuarios y a otros no es que en cada país tienen que pagar una determinada cantidad en función de la legislación local de cada país. No tengo idea cuánto pagan en EE.UU., pero en Alemania es una suma significativa. Para que se den una idea, si uno tiene un aparato receptor de FM debe cancelar del orden de €60 por año (45 mil colones) y si uno tiene una televisión debe cancelar del orden de €200 por año (150 mil colones). Vale decir que ese dinero se usa para financiar las emisoras y televisoras estatales, de las cuales hay muchas. Aparte de eso existe otra tarifa que se debe pagar, a saber, aquella por reproducir música con fines lucrativos… y el monto varía enormemente, puede ser algo tan bajo como un par de euros por año hasta tan alto como dos mil euros por una sola actividad. Last.fm dice que como en Alemania y en EE.UU. tienen ingresos por concepto de publicidad entonces no es necesario cobrarle a los usuarios para poder pagar por todos estos cargos, pero que en otros países los ingresos por publicidad no alcanzan a cubrir eso y por eso deben cobrarle a los usuarios.
¿Y CANARA? CANARA está recibiendo exactamente aquello que pidió: que Costa Rica se incorpore al orden mundial. Y parte de ese orden mundial incluye que Last.fm tenga que cobrarle a los usuarios por las razones antes expuestas y que todas las emisoras costarricenses que reproducen música por la cual sus autores desean ver una retribución económica a cambio tengan que pagar un monto a dichos autores. Y allí entra FONOTICA, la organización que interpuso la demanda contra Columbia, pues los autores ni locos van a ir de puerta en puerta cobrando aquello que la ley les permite cobrar, sino que delegan esto en una organización que le cobra a literalmente todo el país, se deja una tajada y le da el resto a quien se supone que lo tiene que recibir… o al menos esa es la teoría.
¿Es un sistema descabellado? Sí, lo es. Pero también es lo que la ley permite. Y esa es la ley por la que CANARA realizó incontables editoriales presionando para que se aprobara el CAFTA ayer. Y es la ley que se apega a los compromisos que Costa Rica adquirió hace muchos años ante WIPO y la OMC y que con el CAFTA en realidad solo se vienen a solidificar en la legislación costarricense. Pero igual como la ley crea este “problema”, también crea una solución: las emisoras, los restaurantes, los negocios y cualquiera otro que bajo esta ley se vea en la obligación de pagar pueden optar por reproducir música para la cual el autor da permiso de reproducción sin costo alguno. Y tengo que decir que es en realidad una vergüenza que artistas como Silvio Rodríguez, León Gieco o Los Prisioneros no se puedan incluir en esas listas.
Al final del día el asunto es simple: los que reclaman por esto quieren todos los “beneficios” de un país de “primer mundo”, pero con todas las “ventajas” de uno subdesarrollado.